
Todo el proceso de saneamiento y registro de la propiedad se realiza ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), hay trámites que pueden registrarse directamente con el visado de un profesional verificador y otras que requieren el sello y/o aprobación de la autoridad municipal correspondiente. La función de los verificadores es apersonarse a la vivienda del propietario, realizar las constataciones, elaborar los planos y documentación técnica necesaria (Informes, Memorias descripstivas, llenado de Formatos, etc) para su presentación y registro ante SUNARP.
Existen muchos beneficios al regularizar y sanear un predio, como evitar el pago de multas, posibles demoliciones, incrementa el valor comercial del inmueble, contar con una construcción saneada para ejecutar obras posteriores en el predio, garantía para créditos bancarios, entre otros.
En Marcole Perú Arquitectos contamos con arquitectos verificadores inscritos ante SUNARP, quienes seguirán los pasos necesarios para asegurar la inscripción de su propiedad, según sea el caso, en el registro de predios.
La declaratoria de fábrica es la inscripción de una construcción en el Registro de Predios correspondiente, donde se consignan las características y condiciones técnicas de la obra. Existen dos modalidades:
Para Edificaciones actuales: En este caso, se debe tramitar en el municipio la licencia de edificación y recepción de obras, una vez concluído éste proceso se elevan los planos y documentos sellados por el municipio ante los Registros Públicos para su inscripción.
Para Edificaciones Anteriores: Para el caso de una ampliación, remodelación, modificación o demolición de construcción sin licencia de edificación o porque se construyó de forma diferente a los planos y no obtuvo la Conformidad de Obra, se puede regularizar ésta construcción bajo la Ley 30830, siempre y cuando las obras hayan sido terminadas antes del 31 de diciembre del 2016. Se permite hacer en simultáneo la independización e inscripción de reglamento interno.
La acumulación de predios urbanos tiene la finalidad de constituir una nueva unidad inmobiliaria y se efectúa uniendo dos o más inmuebles registralmente independientes en una sola unidad inmobiliaria.
Para tal efecto, se elabora un documento privado y planos de acumulación autorizados por el profesional competente, donde se deberá indicar el área y linderos, medidas perimétricas de cada uno de los predios a acumularse, el número de la partida registral donde corren inscritos y el área, linderos y medidas perimétricas del predio resultante, indicándo su nueva denominación de ser el caso, toda la documentación deberá estar firmada el propietario y profesionales responsables, las mismas que serán certificadas ante notario.
Al independizar la vivienda o construcción también se registrará el Reglamento Interno, bajo el cual se regirán todas las unidades independizadas.
Este procedimiento se tramita cuando sea necesario rectificar y/o determinar el área, linderos y/o medidas perimétricas de un inmueble, o cuando existan discrepancias entre éstas y las que aparecen en la partida registral.
Se realiza en sede notarial, presentando planos y documentos que reflejen situación real del predio, firmados por ingeniero o arquitecto colegiados y visados por el municipio correspondiente. Según sea el caso se tienen éstas dos modalidades:
Por mutuo acuerdo: Mediante escritura pública suscrita por el propietario y los propietarios de todos los predios colindantes donde manifiestan su conformidad con las medidas y linderos.
Procedimiento notarial: Siempre que el área real sea igual o inferior a la registrada en la partida. Siempre que el área real sea igual o inferior a la registrada en la partida y que no se superpone a otra registrada.
Un terreno se puede dividir en dos o más sub lotes independientes de manera que cada inmueble cuente con su propia partida registral. El trámite de éste procedimiento se denomina Sub-división y se inicia en el Municipio correspondiente a la ubicación del predio para luego ser inscrito en el Registro de Predios de la SUNARP.
Antes de solicitar una subdivisión se debe verificar los parámetros urbanísticos del inmueble que será materia de division. Con esta información y los demás requisitos municipales se podrá solicitar la sub-división ante la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicada la propiedad.
Independizar un inmueble implica dividir el área total de una vivienda en espacios propios para cada uno de los ocupantes, los que se registran en una partida registral única para cada inmueble.
Contar con una independización formal brindará muchas ventajas y beneficios al propietario al momento de comercializarlo (vender, hipotecar, garantía en préstamos, etc) para la instalación de servicios básicos independientes (agua y luz) o transferirlo a futuro entre sus herederos.
Al independizar la vivienda o construcción también se registrará el Reglamento Interno, bajo el cual se regirán todas las unidades independizadas.
Las cargas técnicas son observaciones efectuadas a la edificación, cuando la construcción no cumple los parámetros urbanísticos y edificatorios de la fábrica a regularizar, las mismas se anotan en un asiento de la partida registral del predio.
Estas cargas serán canceladas en virtud de un nuevo Informe Técnico emitido por el verificador competente, en el que se acredite el levantamiento de las observaciones que dieron mérito a su anotación, acompañado de la documentación técnica y/o planos replanteados. No corresponde al Registrador formular observaciones a los aspectos técnicos de dicho informe.